martes, 27 de abril de 2010

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Se ejerce a nivel nacional por la presidencia de la república, los ministerios de los departamentos administrativos a los cuales se denomina, Organismos Principales de la administración y, a demás, por las superintendencias, las unidades administrativas especiales y las entidades adscritas y vinculadas a los diferentes ministerios y departamentos administrativos.

Los ministerios, los departamentos administrativos y la superintendencia, sin personería jurídica constituyen el sector central de la administración pública nacional.
Existen dos sistemas de organización administrativa que son:
  1. LA ADMINISTRACION CENTRALIZADA Y DESCENTRALIZADA, la primera supone que los distintos organismos que la conforman se subordinan unos a otros, es decir que están ordenados jerárquicamente, en cambio la descentralizada supone que los diversos organismos son autónomos entre sí
  2. LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA COLOMBIANA: En Colombia no existe un sistema único de organización administrativa sino que coexisten. Una administración centralizada nacional, una administración descentralizada territorialmente, una administración descentralizada por servicios, administración centralizada a nivel departamental y municipal y hasta una administración por “colaboración”, ya que “los particulares pueden cumplir funciones administrativas en las condiciones que señala la ley. (Art. 210 del C.P).

CENTRALIZADA NACIONAL: Esta por la presidencia de la república, los ministerios, los departamentos administrativos y la superintendencia y unidades administrativas especiales sin personería jurídica.
DECENTRALIZADA TERRITORIALMENTE: se conforma por los departamentos, los departamentos, distritos, los municipios, los territorios indígenas y, cuando se organicen, por las regiones y las provincias.
DECENTRALIZADA POR SERVICIOS: esta integrada por la superintendencia y unidades administrativas especiales con personas jurídicas, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades de economía mixta, las empresas sociales del estado, las empresas oficiales de servicio público domiciliario, los institutos científicos y tecnológicos y las sociedades públicas.
DESCENTRALIZACION POR COLABORACION: Son las cámaras de comercio, entidades gremiales de carácter privado que cumplen la función pública de llevar el registro público de comercio y las notarias, a cargo de particulares, que ejercen la función de dar fe pública.

lunes, 26 de abril de 2010

ESTADO


El hombre por naturaleza es un ser social, esa sociabilidad proviene de su invencible capacidad para resolver por sí solo todas sus necesidades. Entendemos por sociedad “la unión estable de varias personas para alcanzar un fin bajo la dirección de una autoridad”. La sociedad puede ser simple, como la familia, que es no solo la más simple de todas sino la base fundamental de las demás o compleja como el estado que es la sociedad política más perfecta que conocemos, aun cuando los hombres de hoy tienden a agruparse en sociedades todavía mayores, formados por la unión de varios estados, por sus necesidades siempre crecientes, principalmente las de tipo económico, no la satisfacen del todo al parecer el estado.
Tres elementos que configuran la noción a la sociedad política a la que llamamos estado: el territorio, habitantantes y poder.

RAMAS DEL PODER PUBLICO


Las ramas del poder público son tres:


la legislativa, la judicial y la ejecutiva.Cada una de éstas tiene diferentes funciones, ejercidas por diferentes entidades, funciones con las cuales se busca controlar el poder público. Pero, ¿qué es el poder público? Son las atribuciones que tiene el Estado para orientar y organizar administrativamente la vida de los ciudadanos colombianos.¿Cómo se creó el poder público?En el año de 1936 se crearon los órganos del poder del poder público; posteriormente, en 1945, por medio de una reforma política, éste tomo forma en las tres ramas del poder público que conocemos; y en 1991, a raíz de la expedición de la nueva Constitución, se determinó dividirlo en ramas y órganos. Las ramas continuaron siendo las tres ya mencionadas (legislativa, judicial y ejecutiva); mientras que los órganos se dividieron en organización electoral y organismos de control.

RAMA LEGISLATIVA

La rama legislativa está conformada por el Congreso, el cual se divide en dos: el Senado de la República y la Cámara de Representantes; y por las Asambleas departamentales y los Concejos municipales.Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro años, y sus funciones esenciales son las de hacer las leyes, mantener el control político dentro de la nación y reformar la Constitución cuando sea necesario; sin embargo, tanto el Senado como la Cámara de Representantes tienen diferentes funciones y responsabilidades:


Senado:
El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su elección se hace a nivel nacional.Para que una persona pueda ser elegida como Senador ha de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de la elección. El Senado de la República está compuesto por ciento dos miembros (cien de circunscripción nacional y dos representantes indígenas).
Cámara de Representantes
Los Representantes a la Cámara son elegidos dentro del marco de una circunscripción territorial (departamental); es decir, los candidatos de cada Departamento son elegidos o no únicamente en su Departamento respectivo.Al igual que en el Senado, para que una persona pueda llegar a la Cámara de Representantes debe cumplir ciertos requisitos, entre ellos ser ciudadano en ejercicio y ser mayor de veinticinco años al momento de la elección. La Cámara está compuesta por dos Representantes por cada circunscripción territorial y por uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor a los 125.000 sobre los 250.000 iniciales. Existe también la circunscripción especial, que es aquella en la que tienen derecho a participar las minorías étnicas, las minorías políticas y los colombianos residentes en el exterior.Hay que tener claro que el número de Representantes depende del censo (hoy en día se tiene en cuenta el censo realizado en el año de 1985).Las funciones del Senado y de la Cámara de Representantes, aunque van de la mano, no son las mismas:

Funciones del Senado
- Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del Vicepresidente.- Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos por el Gobierno (altos rangos militares).
- Concede licencia temporal al Presidente para separase del cargo.- Permite o prohíbe el transito de tropas extranjeras por el territorio nacional.
- Autoriza al Gobierno Nacional para declarar la guerra a otras naciones.- Elige los Magistrados de la Corte Constitucional.
- Elige al Procurador General de la Nación.
- Conoce de las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra altos dignatarios del país (la Cámara acusa y el Senado conoce).Funciones de la Cámara de Representantes
- Elige al Defensor del Pueblo.
- Examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le envía el Contralor General.- Acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. También conoce de esas quejas.- Es la encargada de tramitar esas quejas.
- Es la encargada de comisionar funcionarios para efectuar las pruebas correspondientes ante los acusados.En la Biblioteca virtual puede obtener más información sobre este tema en:Redención de censos perpetuos Ley que autoriza al poder ejecutivo para hacer uso de varios arbitrios rentísticos.

RAMA EJECUTIVA

La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno. Está conformada a nivel nacional por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros y los directores de departamentos administrativos. A nivel departamental está conformada por los Gobernadores y los secretarios de gabinete; y a nivel municipal o distrital por los Alcaldes y sus secretarios de gabinete.El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa durante un periodo de cuatro años, sin posibilidad de ser reelegido. Para llegar a ese cargo debe ser colombiano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años al momento de la elección.

Funciones del Presidente como Jefe de Estado:
- Representar al país internacionalmente
- Suscribir tratados con otros países
- Elegir los embajadores que representarán a Colombia en el exterior

Funciones del Presidente como Jefe de Gobierno:
- Es el encargado de la conducción política del país tanto en el orden nacional como en el internacional.

Funciones del Presidente como suprema autoridad administrativa:
- Dictar la ley del Banco de la República- Decidir el Plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas.

Funciones del Vicepresidente:
- Reemplazar al Presidente durante ausencias temporales o definitivas
- Encargarse de tareas especiales encomendadas por el Presidente (por ejemplo del tema de derechos humanos)
- Puede ser nombrado y trabajar en otros cargos públicos
- La condición de Vicepresidente es una dignidad y, por lo tanto, no recibe sueldo
- No puede ser Ministro delegatario (encargado del mando mientras el Presidente se encuentra ausente).

Funciones de los Ministros:
- Servir de voceros del Gobierno ante el Congreso
- Presentar proyectos de ley ante el Congreso
- Pueden tomar parte en los debates de la Cámara de Representantes
- Son los encargados de la administración interna de su respectiva entidadFunciones de los directores de departamentos administrativos:
- Su función es técnica y administrativa
- No van a debates en la Cámara de Representantes
- No pueden ser citados por el Congreso
- No pueden presentar proyectos de ley
- Pueden ser citados a las comisiones del Congreso, siempre y cuando éstas no sean debates políticos, y tan sólo a presentar informes técnicos.

RAMA JUDICIAL

La rama judicial está conformada por las llamadas altas cortes y por la Fiscalía General de la Nación.Corte Constitucional- Encargada de la Constitución.- Resguarda la Constitución.
- Está conformada por nueve magistrados que ejercen durante un periodo de ocho años.
- A éstos los elige el Senado a partir de sendas ternas enviadas por el Consejo de Estado, la Corte Suprema de Justicia y el Presidente (sendas ternas: cada uno propone un candidato).
Corte Suprema de Justicia
- Está conformada por veintiocho magistrados que ejercen durante ocho años.
- Cabeza de la jurisdicción ordinaria (regula conflictos entre particulares).
- Juzga al Presidente y a los altos funcionarios.
- Investiga y juzga a los miembros del Congreso.
- Se da su propio reglamento.
- Conoce de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el Gobierno.Consejo de Estado
- Está conformado por veintisiete magistrados que ejercen durante ocho años.
- Regula los conflictos entre los particulares y el Estado.

Consejo Superior de la Judicatura
- Está conformado por trece magistrados. Administra los recursos de la rama judicial.
- Sala administrativa
- Administra recursos.
- Sala disciplinaria
- Regula la conducta y función de los abogados litigantes y de los funcionarios de la rama judicial.Fiscalía General de la Nación
- Investiga y acusa.
- El Fiscal es elegido por la Corte Suprema de Justicia de entre una terna de candidatos enviada por el Presidente.
- Está conformada por magistrados a nivel departamental, jueces municipales a nivel municipal y jueces promiscuos municipales en municipios pequeños.
- Lleva a cabo los procesos penales, en los que primero se realiza la indagación preliminar, luego la investigación o instrucción y, finalmente, califica el mérito del sumario juicio; es decir, acusa o exime.

FUTURO PRESIDENTE


Es de mucha importancia conocer cada una de las propuestas de los candidatos a la presidencia , para saber por quien votar y elegir nuestro futuro presidente.




GLOSARIO


ADMINISTRACION: es la ciencia social, técnica y arte que se ocupa de la planificación, organización, dirección y control de los recursos (humanos, financieros, materiales, tecnológicos, el conocimiento, etc) de la organización, con el fin de obtener el máximo beneficio posible; este beneficio puede ser económico o social, dependiendo esto de los fines que persiga la organización.

ADMINISTRACION PUBLICA: es un término de límites imprecisos que define al conjunto de organizaciones estatales que realizan la función administrativa del Estado. Por su función, la administración pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político, satisfaciendo los intereses públicos de forma inmediata, por contraste con los poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata.

SENADOR: es un miembro integrante de la Cámara de Senadores o Senado. En la mayoría de los países democráticos, los senadores son electos por los ciudadanos de ese país de gobierno democrático. Debe ser mayor de 18 años y pertenecer a un partido político.

MINISTRO: es un político que dirige un ministerio o un departamento (e.j. educación, finanzas, salud, Estado, guerra, etc.), pertenece al gabinete de gobierno, y son dirigidos normalmente por un primer ministro o un presidente.

PRESIDENTE: por lo general, es la designación utilizada para identificar a la persona que dirige una reunión, una sesión de trabajo o una asamblea. Actualmente, el término aislado se refiere al funcionario público, electo para un período determinado, que ostenta el poder ejecutivo de un estado nacional.

REFORMA: es lo que se propone, proyecta o ejecuta como innovación o mejora en algo.

NORMA: es una regla u ordenación del comportamiento dictada por autoridad competente, cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción.

LEY: es una norma jurídica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Su incumplimiento trae aparejada una sanción.

CONSTITUCIÓN: (del latín cum, con, y statuere, establecer) es la norma fundamental, escrita o no, de un Estado soberano, establecida o aceptada para regirlo. La constitución fija los límites y define las relaciones entre los poderes del Estado (poderes que, en los países occidentales modernos, se definen como poder legislativo, ejecutivo y judicial) y de éstos con sus ciudadanos, estableciendo así las bases para su gobierno y para la organización de las instituciones en que tales poderes se asientan. También garantiza al pueblo derechos y libertades.

CONGRESO: es una reunión o conferencia, generalmente periódica, donde los miembros de un cuerpo u organismo se reúnen para debatir cuestiones de diversa índole, aunque generalmente con fines políticos.

TERRITORIO: (de la palabra "terra", que significa tierra) a un área definida (incluyendo tierras y aguas) a menudo considerada posesión de una persona, organización, institución, Estado o país subdividido.

ESTADO: es un concepto político que se refiere a una forma de organización social soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.

FUNCION: hace referencia a una actividad o al conjunto de actividades genéricas, que desempeña uno o varios elementos, de forma complementaria para conseguir un objetivo concreto y definido. Entendemos como función pública actividad en un organismo del Estado.

CORTE: una institución política de carácter representativo, llamada Corte noble, y que agrupaba la totalidad de los vasallos directos que siguen a un rey, un príncipe o un gran señor.

PODER: pueden entenderse múltiples conceptos de acuerdo a cada campo. A un nivel básico, poder suele identificarse con la noción de fuerza (por ejemplo, la fuerza pública). Sin embargo la noción de poder suele estar más relacionada a la acción social colectiva que a la fuerza física. También se entiende como la capacidad para cambiar la realidad.

HABITANTE: cada una de las personas que constituyen la poblacion de un barrio, ciudad, provincia o nacion.

MAGISTRADO: es un término utilizado para referirse a ciertos funcionarios públicos. Su principal función es la de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Deben ser independientes (que no sean influidos por otro poder) e imparciales (sin vinculación con las partes pertenecientes al caso).

FISCAL: es el funcionario público (magistrado en algunos países), integrante del Ministerio Público, que lleva materialmente la dirección de la investigación criminal y el ejercicio de acción penal pública; es decir, es a quien corresponde desempeñar directa y concretamente las funciones y atribuciones de éste, en los casos que conoce.

GLOSARIO

ADMINISTRACION:

LOS 3 ELEMENTOS DEL ESTADO COLOMBIANO