Los ministerios, los departamentos administrativos y la superintendencia, sin personería jurídica constituyen el sector central de la administración pública nacional.
Existen dos sistemas de organización administrativa que son:
- LA ADMINISTRACION CENTRALIZADA Y DESCENTRALIZADA, la primera supone que los distintos organismos que la conforman se subordinan unos a otros, es decir que están ordenados jerárquicamente, en cambio la descentralizada supone que los diversos organismos son autónomos entre sí
- LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA COLOMBIANA: En Colombia no existe un sistema único de organización administrativa sino que coexisten. Una administración centralizada nacional, una administración descentralizada territorialmente, una administración descentralizada por servicios, administración centralizada a nivel departamental y municipal y hasta una administración por “colaboración”, ya que “los particulares pueden cumplir funciones administrativas en las condiciones que señala la ley. (Art. 210 del C.P).
CENTRALIZADA NACIONAL: Esta por la presidencia de la república, los ministerios, los departamentos administrativos y la superintendencia y unidades administrativas especiales sin personería jurídica.
DECENTRALIZADA TERRITORIALMENTE: se conforma por los departamentos, los departamentos, distritos, los municipios, los territorios indígenas y, cuando se organicen, por las regiones y las provincias.
DECENTRALIZADA POR SERVICIOS: esta integrada por la superintendencia y unidades administrativas especiales con personas jurídicas, los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del estado, las sociedades de economía mixta, las empresas sociales del estado, las empresas oficiales de servicio público domiciliario, los institutos científicos y tecnológicos y las sociedades públicas.
DESCENTRALIZACION POR COLABORACION: Son las cámaras de comercio, entidades gremiales de carácter privado que cumplen la función pública de llevar el registro público de comercio y las notarias, a cargo de particulares, que ejercen la función de dar fe pública.
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